El haber previsional se conforma a partir de la elección libre de cada afiliado de la categoría a la que desea aportar y puede optar por cambiar de categoría una vez por año.
El haber inicial de la jubilación ordinaria será el que resulte de promediar los haberes correspondientes a las distintas categorías, pertenecientes a los años computables que se acrediten al afiliado. Para ello, deberá tomarse en cuenta el monto del haber correspondiente a cada categoría, a la fecha de realización del cálculo.
La movilidad del haber de las prestaciones estará garantizada por la permanente actualización de los montos correspondientes.
Jubilación ordinaria según los años de aporte
| A | B | C | D | E1 | E2 | E3 | ||
| 30 años de aporte | $ 415.690 | $ 518.220 | $ 629.750 | $ 209.280 | $ 937.200 | $ 1.436.750 | $ 2.005.760 | |
| 35 años de aporte | $ 481.680 | $ 602.640 | $ 720.8500 | $ 240.700 | $ 1.094.010 | $ 1.670.880 | $ 2.323.450 |
