El haber previsional se conforma a partir de la elección libre de cada afiliado de la categoría a la que desea aportar y puede optar por cambiar de categoría una vez por año.
El haber inicial de la jubilación ordinaria será el que resulte de promediar los haberes correspondientes a las distintas categorías, pertenecientes a los años computables que se acrediten al afiliado. Para ello, deberá tomarse en cuenta el monto del haber correspondiente a cada categoría, a la fecha de realización del cálculo.
La movilidad del haber de las prestaciones estará garantizada por la permanente actualización de los montos correspondientes.
Jubilación ordinaria según los años de aporte
| A | B | C | D | E1 | E2 | E3 | ||
| 30 años de aporte | $ 381.330 | $ 487.850 | $ 592.840 | $ 197.010 | $ 882.280 | $ 1.352.560 | $ 1.88.220 | |
| 35 años de aporte | $ 453.450 | $ 567.320 | $ 678.600 | $ 226.600 | $ 1.029.900 | $ 1.572.960 | $ 2.187.300 |
