Preguntas Frecuentes

  1. ¿Quiénes deben afiliarse a la Caja de previsión y seguridad social de Tucumán?

Son afiliados obligatorios y automáticos aquellos profesionales que ejerzan en el territorio de la Provincia de Tucumán en forma independiente y estén matriculados y/o inscriptos en los siguientes Colegios:

  • Agrimensores
  • Arqueólogos
  • Arquitectos
  • Bioquímicos
  • Círculo Médico del Sur
  • Diseñadores de Interiores
  • Farmacéuticos
  • Fonoaudiólogos
  • Graduados en Ciencias Biológicas
  • Graduados en Ciencias Económicas
  • Graduados en Ciencias Geológicas
  • Graduados en Turismo
  • Ingenieros Agrónomos y Zootecnistas
  • Ingenieros Civiles
  • Kinesiólogos y Terapistas Ocupacionales
  • Martilleros Públicos
  • Odontólogos
  • Profesionales en Servicios o Trabajo Social
  • Psicólogos
  • Psicopedagogos
  • Veterinarios

Quedan exceptuados los profesionales contenidos en las Cajas de Abogados, Escribanos, Procuradores, Médicos e Ingenieros Especialistas, y aquellos profesionales afiliados a las entidades miembros que ejerzan su profesión únicamente en relación de dependencia, para lo cual, deberá acreditar su situación.

  1. ¿A partir de qué momento de la vida profesional se torna obligatorio aportar?

Tienen obligación de afiliarse a la Caja a partir de la matrícula en el Colegio que habilite su ejercicio profesional.

 

  1. ¿Cuáles son los requisitos y la documentación para afiliarme?

El trámite de afiliación es personal y se realiza en forma presencial en la sede*, en donde se completa el Formulario de Afiliación.

Requisitos para afiliarse:

  1. Fotocopia del DNI
  2. Constancia de la matrícula emitida por el Colegio profesional

* Av. Sarmiento N° 916, San Miguel de Tucumán.

 

  1. ¿Cuáles son los beneficios que otorga la Caja?

              Jubilación Parcial: Se accede al tener mínimo 10 años de aportes (5 últimos años de aportes ininterrumpidos) y 65 años de edad cumplidos.

 

Jubilación Ordinaria: con 30 años de aportes y 65 años de edad.

 

Jubilación por Incapacidad Transitoria: Con carácter de afiliado activo y aportes al día, sufriendo una incapacidad mínima transitoria de 30 días y máxima de hasta 1 año (bajo evaluación de una junta médica).

 

Jubilación por Incapacidad Permanente: con carácter de afiliado activo y aportes al día sufriendo una incapacidad total y permanente al 66% (bajo la evaluación de una junta médica).

 

Pensiones: con carácter de afiliado activo y pasivo y aportes al día, al momento del fallecimiento del afiliado titular. Sus beneficios son los establecidos como “derechohabientes”, cónyuge, hijos menores y familiares según orden de vínculo con el fallecido.

 

  1. ¿Cuáles son los beneficios que tengo aparte de la jubilación/pensión futura?

Los afiliados que estén al día en el pago de sus aportes podrán acceder al Subsidio por Matrimonio, Nacimiento y Fallecimiento, siendo estos de $11.000 c/u, por única vez, para los hechos producidos a partir de enero de 2022.

Además, la Caja acompaña a los profesionales a través de Préstamos Personales, y trabaja permanentemente para sumar nuevos beneficios como es la adquisición de un terreno en donde se realizó el “Loteo Caja de Profesionales I – Los Nogales”, destinado exclusivamente para Afiliados de la Institución.

 

  1. ¿Qué sucede si ejerzo la profesión sin aportar a la Caja?

Los Colegios, Consejos y Asociaciones de la Provincia de Tucumán indicadas en el Art. 7 de la Ley Nº 6953, comunican a la Caja toda inscripción, suscripción o cancelación que se produzca en el padrón de matriculados en el tiempo y forma que establezca la reglamentación.

La Caja verifica anualmente el cumplimiento del pago del aporte, por parte de cada afiliado. Ante su incumplimiento, intima al deudor para que, en el plazo perentorio de treinta (30) días, regularice su situación.

De persistir la mora, ese año no será computado a los fines jubilatorios, suspendiéndose además la posibilidad de recibir o reclamar cualquier otra prestación o beneficio durante el año calendario siguiente.

La Caja podrá optar por ejercer la acción judicial prevista Art. 44 de la Ley Nº 6953.

 

  1. ¿Puedo aportar a ANSES y a la Caja?

Si el profesional quiere, además de aportar a la Caja, podrá hacerlo voluntariamente (no obligatoriamente) en otros regímenes profesionales, estatales y/o privados. Respetándose los convenios de reciprocidad que adhiera esta Caja por ley.

8. Puedo cambiar de categoría de aporte?

El profesional podrá optar por la recategorización una vez por año.

9. ¿Cómo se deduce mi jubilación si tengo aportes en distintas categorías?

El haber inicial de la jubilación ordinaria será el que resultare de promediar los haberes correspondientes a las distintas categorías, pertenecientes a los años computables que se acrediten al afiliado. A tal efecto, deberá tomarse en cuenta el monto del haber correspondiente a cada categoría, a la fecha de realización del cálculo.

La movilidad del haber de las prestaciones estará garantizada por la permanente actualización de los montos correspondientes.

10. ¿Cuáles son las formas de pago?

El afiliado podrá abonar el pago de sus aportes a través de:

  • Débito automático con CBU (Descargar Autorización aquí)
  • Débito automático por tarjeta de crédito VISA (Trámite personal por única vez)
  • Boca de Cobro del Banco Macro
  • Rapipago
  • Pago Fácil

    11. ¿Cómo accedo por primera vez al módulo de autogestión de la Caja?

Al ingresar por primera vez, deberá introducir su número de DNI sin puntos como Usuario y Contraseña.

Una vez que haya ingresado se recomienda que cambie su contraseña.

MI CUENTA Y BOLETA ELECTRONICA