El haber previsional se conforma a partir de la elección libre de cada afiliado de la categoría a la que desea aportar y puede optar por cambiar de categoría una vez por año.
El haber inicial de la jubilación ordinaria será el que resulte de promediar los haberes correspondientes a las distintas categorías, pertenecientes a los años computables que se acrediten al afiliado. Para ello, deberá tomarse en cuenta el monto del haber correspondiente a cada categoría, a la fecha de realización del cálculo.
La movilidad del haber de las prestaciones estará garantizada por la permanente actualización de los montos correspondientes.
Jubilación ordinaria según los años de aporte
A | B | C | D | E1 | E2 | E3 | ||
30 años de aporte | $ 74.960 | $ 93.460 | $ 113.570 | $ 37.740 | $ 169.030 | $ 259.170 | $ 361.800 | |
35 años de aporte | $ 86.860 | $ 108.690 | $ 130.020 | $ 43.400 | $ 196.580 | $ 301.400 | $ 419.120 |