El haber previsional se conforma a partir de la elección libre de cada afiliado de la categoría a la que desea aportar y puede optar por cambiar de categoría una vez por año.
El haber inicial de la jubilación ordinaria será el que resulte de promediar los haberes correspondientes a las distintas categorías, pertenecientes a los años computables que se acrediten al afiliado. Para ello, deberá tomarse en cuenta el monto del haber correspondiente a cada categoría, a la fecha de realización del cálculo.
La movilidad del haber de las prestaciones estará garantizada por la permanente actualización de los montos correspondientes.
Jubilación ordinaria según los años de aporte
A | B | C | D | E1 | E2 | E3 | ||
30 años de aporte | $ 185.1010 | $ 230.650 | $ 280.300 | $ 93.140 | $ 417.160 | $ 639.530 | $ 892.800 | |
35 años de aporte | $ 214.390 | $ 268.240 | $ 320.860 | $ 107.130 | $ 485.080 | $ 743.740 | $ 1.034.220 |