El haber previsional se conforma a partir de la elección libre de cada afiliado de la categoría a la que desea aportar y puede optar por cambiar de categoría una vez por año.
El haber inicial de la jubilación ordinaria será el que resulte de promediar los haberes correspondientes a las distintas categorías, pertenecientes a los años computables que se acrediten al afiliado. Para ello, deberá tomarse en cuenta el monto del haber correspondiente a cada categoría, a la fecha de realización del cálculo.
La movilidad del haber de las prestaciones estará garantizada por la permanente actualización de los montos correspondientes.
Jubilación ordinaria según los años de aporte
A | B | C | D | E1 | E2 | E3 | ||
30 años de aporte | $ 60.780,00 | $ 75.780,00 | $ 92.085,00 | $ 30.600,00 | $ 137.055,00 | $ 210.135,00 | $ 293.355,00 | |
35 años de aporte | $ 70.425,00 | $ 88.125,00 | $ 105.420,00 | $ 35.190,00 | $ 159.390,00 | $ 244.380,00 | $ 339.825,00 |